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DOCUMENTOS PARA LA EXPEDICIÓN DE VISAS DE
TURISMO (B-1)
NOTA IMPORTANTE: SI EL INTERESADO POSEE VISA DE INGRESO VIGENTE (POR LO MENOS 6 MESES MÁS DE VIGENCIA) A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA O A LA UNIÓN EUROPEA, NO DEBERÁ SOLICITAR LA VISA CONSULAR. VIAJA SOLAMENTE CON SU PASAPORTE (CON POR LO MENOS 6 MESES MÁS DE VIGENCIA), EL PASAPORTE DONDE ESTÁ ESTAMPADA LA VISA Y LA VACUNA CONTRA LA FIEBRE AMARILLA QUE DEBERÁ APLICARSE POR LO MENOS 10 DIAS ANTES DEL VIAJE.
Caso contrario deberá cumplir con los siguientes
REQUISITOS
- Carta simple solicitando la visa, dirigida al Consulado de Costa Rica.
- Completar el formulario que le suministrará el Consulado de Costa Rica, en letra imprenta clara y legible, con la firma del interesado.
- Pasaporte original, con una vigencia de por lo menos 6 meses más.
- Una fotografía tamaño pasaporte.
- Comprobante de la reservación o el respectivo tiquete de viaje, aéreo, marítimo o terrestre.
- En caso de extranjeros deberá presentar original y fotocopia del documento de residencia en el Perú. En caso que el interesado tuviese vínculo en primer grado con costarricense, deberá presentar la prueba pertinente, sea certificado de matrimonio o nacimiento, emitidas por el registro civil costarricense.
- Certificado de antecedentes policiales (para uso nacional).
- Comprobante de solvencia económica, aportar alguno de los siguientes:
- Carta, constancia o certificación laboral de la empresa especificando el puesto y el cargo, salario devengado y tiempo laborado (adjuntar boletas de pago). Estados bancarios de los últimos 3 meses. En caso de ser pensionado, presentar las boletas de los últimos 3 meses de recibo de la pensión.
- Certificación de contador público autorizado, emitida en los 6 meses
anteriores a su presentación y debidamente certificada por la autoridad
competente.
- Cheques de viajero.
IMPORTANTE
- El interesado deberá presentarse personalmente a realizar el trámite.
- La presentación de esta documentación no garantiza el otorgamiento de la visa. Si la misma fuera denegada, el interesado podrá presentar una nueva solicitud hasta pasados 6 meses desde la denegatoria. Contra la denegatoria de la visa no cabe recurso alguno.
- Una vez presentados los documentos para la visa, se deberá cancelar la suma de US$ 32.
- No se aceptará una solicitud que no cumpla con la presentación de todos los documentos y formalidades que se señalaron anteriormente y deberán presentarse en original y fotocopia.
- La duración del trámite es de 24 horas.
- Sí el interesado es dependiente económicamente o menor de edad, podrá presentar la documentación del familiar del cual depende económicamente, siempre que demuestre el parentesco con documentación idónea. (Certificado de matrimonio o certificado de nacimiento)
- La visa tiene una vigencia de 60 días a partir de su expedición (tiene 60 días para salir del Perú). El plazo máximo de estadía en Costa Rica lo determinará el oficial de Migración a su arribo.
- DEBERÁ PRESENTAR A LA HORA DE EMBARCAR SU VUELO HACIA COSTA RICA, EL CERTIFICADO INTERNACIONAL DE VACUNACIÓN CONTRA LA FIEBRE AMARILLA, QUE DEBERÁ HABERSE APLICADO POR LO MENOS 10 DÍAS ANTES DEL VIAJE.
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